No es ninguna novedad afirmar que, en los últimos años, los consumidores están mostrando un interés creciente hacia la composición de los alimentos. La tendencia actual es hablar de alimentos “naturales, sin aditivos/conservantes”.
Los alimentos con mayor número de ingredientes en el etiquetado, ingredientes complejos que evocan un elevado procesado o bien a origen químico, así como números “E-“ es lo que el consumidor cada vez más tiende a evitar.
Por lo tanto, cuanto más corta y clara sea una etiqueta mayor posibilidad de decantar la balanza en cuanto a decisión de compra. Esto está llevando a los fabricantes a “limpiar” sus etiquetas reduciendo el número de colorantes y conservantes artificiales, reformulando sus productos priorizando ingredientes naturales, sustituyendo la mención a los números “E” por el nombre del aditivo en cuestión.
Avanzar hacia un etiquetado más limpio y claro no tiene por qué ser una falta a la confianza que tienen los consumidores en nuestros productos, es caminar hacia una mayor transparencia y claridad sobre el origen de los ingredientes, el contenido de ingredientes presentes en los alimentos, la presencia de alérgenos, etc.
No obstante, cabe remarcar que, en algunos casos, se está observando un abuso de las menciones “Natural, tradicional, casero, etc.…, resaltando propiedades que son comunes a cierta categoría de alimentos, o bien se maquillan los ingredientes presentes, prácticas que están restando credibilidad a las etiquetas.
En este sentido, debemos recordar que las reglas del juego están descritas en los siguientes reglamentos:
- Reglamento (EU) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor donde se determina claramente que la información alimentaria no inducirá a error
- Reglamento (CE) No 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos donde se explicita que solo están permitidas las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables que estén enumeradas y se ajusten a las condiciones fijadas en este reglamento
- Reglamentos (CE) 1334/2008 y (CE) 1333/2008 sobre aromas y aditivos respectivamente, establecen exactamente qué se considera aroma o aditivo y qué no. Si etiquetamos algo como “sin conservantes “o “sin colorantes” no debe contener ninguna de las sustancias que constan en estos reglamentos
Otro aspecto para considerar dentro del concepto de etiquetas limpias es la identificación de los alérgenos presentes en el alimento. Un abuso del etiquetado precautorio de alérgenos como en muchos casos viene siendo práctica habitual, podría perjudicar a nuestro producto al no dar una imagen de producto “natural” o “mínimamente procesado”.
La aplicación actual del etiquetado precautorio dista de su función originaria para proteger a los consumidores alérgicos. Si se aplica sin un método científico y una clara evaluación de riesgos, acaba perdiendo su función protectora y hace que los consumidores alérgicos se expongan al riesgo al dejar de tener en cuenta este tipo de etiquetado.
Por lo tanto, “limpiar” nuestra etiqueta de alérgenos, dejando únicamente los añadidos de forma intencionada y aquellos que tras una evaluación de riesgos documentada de forma práctica teniendo en cuenta dosis de referencia, deban constar por poder constituir un riesgo para los consumidores alérgicos, es un buen uso del concepto etiquetas limpias, así como del etiquetado precautorio de alérgenos.
Desde Prysma podemos ayudarte a resolver dudas sobre el contenido del etiquetado de tus productos.
Cristina López Vilchez
Consultora
clopezv@prysma.es