El pasado 26 de septiembre de 2018 PRySMA dinamizó el Foro trimestral de Medio Ambiente de la Federación Vizcaína de Empresas del Metal (FVEM) donde se analizaron las nuevas obligaciones del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos conforme al RD 656/2017.
Una docena de representantes de organizaciones del sector del metal se reunieron en el foro presentado por el Gerente de Consultoría de la Delegación Norte de PRySMA, con el fin de intercambiar experiencias y opiniones sobre las nuevas obligaciones que aplican a las empresas en lo referente al almacenamiento de productos químicos (a partir de aquí APQ) desde la entrada en vigor del RD 656/2017.
Durante la jornada quedó palpable la inquietud sobre las obligaciones de este nuevo reglamento por parte de las empresas del sector del metal que necesitan disponer de stock de PQ almacenado para su correcto desarrollo productivo.
Se presentaron los principales cambios incluidos en el reglamento de APQ y en paralelo, gran parte de los asistentes expuso la situación de cada empresa respecto a estas nuevas obligaciones. Por hacer referencia a algunos de los cambios del reglamento, se citan los siguientes:
- Incorpora la ITC-MIE-APQ-10: almacenamiento en recipientes móviles
- Las ITC-MIE-APQ-1, ITC-MIE-APQ-6 y ITC-MIE-APQ-7 sólo contienen las disposiciones referentes a recipientes fijos.
- La ITC-MIE-APQ-5 se amplía a todos los recipientes a presión transportables. A su vez, refleja mantenimientos periódicos (además de las habituales inspecciones por OCA quinquenales) de los nuevos APQ legalizados conforme a esta ITC.
- La clasificación de productos se realiza conforme al Reglamento (CE) nº 1272/2008 (CLP), desapareciendo las frases “R” y apareciendo las frases “H” en cuanto a las indicaciones de peligro.
- El método de cálculo a seguir para conocer la aplicación del Reglamento APQ sobre varios PQ en almacenamientos conjuntos es el siguiente:
- Cambia la definición de líquido inflamable, ya que se define como aquel líquido con punto de inflamación no superior a 60ºC, quedando por ello fuera del alcance del APQ los productos de la clase C definidos en la ITC MIE APQ 1 del derogado RD 379/2001, con punto de inflamación superior a 60 ºC.
PRySMA, en base a la experiencia en proyectos similares realizados, ofreció una serie de pautas y claves para la correcta implementación de las obligaciones del nuevo reglamento APQ en las organizaciones.
Debido a la alta participación de las empresas participantes, se analizaron ejemplos reales de APQ trasladados por varios de los asistentes.
En el cierre del foro, las organizaciones presentes coincidieron en que temáticas con enfoque legal como la de este nuevo Reglamento de APQ, de aplicación directa a las empresas asistentes, trasladan una visión técnica necesaria a las organizaciones.
El foro de medio ambiente de la FVEM se considera una herramienta de participación e intercambio de información sobre diversos temas de repercusión ambiental a las organizaciones que ayuda a las empresas asistentes a mantener un correcto desempeño ambiental en pro de la mejora.