Seguramente su empresa, si es grande, debe de una vez más de auditar su balance de energía, es una obligación legal. De nuevo la ley, que se vuelve gracias a la UE más inteligente, le abre una alternativa más eficiente: implantar y certificar un Sistema de Gestión Energética (SGE) según ISO 50001 certificado por un organismo independiente y acreditado. De esta forma usted puede elegir cumplir con la ley sin retorno económico para sus accionistas o bien puede, con un pequeño esfuerzo más, invertir en el ahorro energético, aumentado de paso su reputación.
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Para la Unión Europea, cada vez reviste mayor importancia la reducción del consumo y del despilfarro de energía. De ahí que, en España, el 12 de febrero de 2016 se aprobara el Real Decreto 56/2016, una medida encaminada a impulsar el ahorro y la eficiencia energética contribuyendo de manera decisiva a alcanzar los objetivos de la Unión Europea.
Se cumple ya el cuarto aniversario de la aprobación del Real Decreto RD 56/2016, y es por tanto el año establecido para la renovación de las auditorías energéticas realizadas durante el año 2016, y una oportunidad para que las empresas afectadas avancen en la mejora energética, mejorando su competitividad, reduciendo costes y afianzando su compromiso con el cuidado del medioambiente.
¿Qué empresas están obligadas a realizar una auditoría energética cada cuatro años?
Según el Real Decreto 56/2016, todas las grandes empresas (o Grandes Sociedades que cumplan los requisitos de gran empresa) de al menos 250 empleados o con un volumen de facturación de más de 50 millones de euros y a la par con un balance general mayor de 43 millones de euros, están obligadas a someterse a una auditoría energética, a su renovación cada cuatro años y a presentar la comunicación de haberla realizado a la administración correspondiente en un plazo máximo de 3 meses.
El objetivo de esta norma es analizar al menos el 85% del consumo total de energía final de la actividad y reducirlo, así como estudiar dónde y cómo se consume la energía, y establecer un plan de mejora para conseguir un ahorro energético.
Cómo deben ser las Auditorias Energéticas
Es necesario cumplir con los requerimientos del artículo 3 de la normativa, en el que se especifica que las auditorías deben estar basadas en datos operativos actualizados, medidos y verificados, han de ser proporcionadas respecto a su alcance y los cálculos han de recoger variables que permitan tomar una decisión de inversión, más que en periodos de retorno simples. Por tanto, hacer las auditorías basándose sólo en facturas o mediante algoritmos o indicadores no sería valido.
La renovación de una Auditoría Energética realizada en una instalación sobre la que no se han acometido grandes modificaciones a lo largo de estos cuatro años, podría basarse en la actualización de las mediciones y en el análisis de las nuevas instalaciones o pequeñas modificaciones que se hayan llevado a cabo. Y sobre esos nuevos datos, construir la auditoría energética de cara al cumplimiento normativo.
Alternativas a la renovación de las Auditorías Energéticas
La Norma deja claro que una alternativa a la realización de la Auditoría Energética es implantar un Sistema de Gestión Energética (SGE) según ISO 50001 certificado por un organismo independiente y acreditado, y siempre que dicho Sistema de Gestión incluya una Auditoría Energética conforme a directrices del apartado 3 del RD56/2016.
Para empresas que fomenten la cultura de los sistemas de gestión y que además quieran ofrecer una imagen de compromiso en la línea de la lucha contra el cambio climático, sin duda, esta es la mejor opción, y más si tienen otros sistemas de gestión implantados.
Evidentemente, el coste de cumplir el RD 56/2016 mediante un SGE es necesariamente mayor que el de una auditoría energética. Sin embargo, mientras la auditoría está vigente durante cuatro años y, transcurridos estos, hay que elaborar una nueva; el SGE se encuentra actualizado en el día a día de la actividad de la empresa y es revisado anualmente mediante las auditorías internas del sistema y las externas por parte de la entidad de certificación. Por lo que, la auditoría energética contenida en un SGE estará actualizada todos los años a partir de la primera, en la que deben estar incluidos los contenidos mínimos obligatorios indicados en el apartado 3 del RD 56/2016 para estar exentos de su presentación en la Administración competente.
Independientemente de la obligación que marca la normativa, la realización de la auditoría energética permite a la empresa identificar cuales son los sistemas, dentro de sus instalaciones, de mayor consumo energético, así como cuáles son las deficiencias (si las hay) de los equipos consumidores de esos sistemas o de la operativa de los mismos. Además, con la realización de la auditoría energética se obtendrán medidas de mejora de la eficiencia energética, así como el ahorro económico que se puede alcanzar con la aplicación de dichas medidas, permitiendo a las organizaciones tomar decisiones que aumenten la productividad del negocio, añadiendo valor a su plan de negocio por seguir una política energética que incluye los valores del marco actual de la sociedad.
¿Cómo podemos ayudarte desde Prysma Consultoría y Tecnología?
Prysma presenta una amplia experiencia en la realización de auditorías energéticas en empresas de los diferentes sectores afectadas por el RD 56/2016, habiendo realizado numerosas auditorías tanto en el sector terciario como en el industrial desde 2016 hasta la actualidad.
Del mismo modo, desde Prysma, podemos ayudarte a la implantación de un Sistema de Gestión de la Energía según ISO 50001, participando en todas las etapas, desde la planificación energética, el diseño del sistema y elaboración de la documentación, hasta la implantación del sistema, formación, auditorías internas y acompañamiento en las auditorías de certificación.