Con la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que no será de aplicación hasta el 25 de mayo de 2018, muchas organizaciones han mostrado su interés en adaptarse a los requisitos establecidos en la nueva normativa, lo que demuestra un alto grado de compromiso y preocupación que tienen respecto al derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal y la privacidad.
En este sentido, no debemos olvidar que con la entrada en vigor del RGPD, se ha producido un cambio de paradigma en cuanto al tratamiento de datos de carácter personal se refiere, exigiendo a las organizaciones que adapten su actividad a nuevos principios, como el de transparencia o rendición de cuentas, así como a los nuevos requisitos del Reglamento como el registro de actividades, la privacidad desde el diseño o por defecto, las evaluaciones de impacto sobre la privacidad o el Delegado de Protección de Datos, entre otros.
No obstante lo anterior, muchas empresas, a fecha de hoy, ya sea por inacción o por haber sido mal asesoradas, no se encuentran correctamente adaptadas a la normativa en materia de protección de datos que actualmente se encuentra en vigor y que será exigible hasta que resulte de aplicación el nuevo RGPD, lo cual no sólo repercutirá negativamente en su adaptación al nuevo reglamento, sino que las sitúa en una situación de riesgo económico y reputacional por incumplimiento de la normativa de protección de datos.
Por este motivo, PRYSMA se pone a disposición de todas aquellas organizaciones que estén interesadas en adaptarse correctamente a la normativa de protección de datos
Más información en fgarridos@prysma.es
LINK DE INTERÉS:
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2016:119:FULL&from=ES
Autor:
Francisco Garrido