El pasado 29 de octubre de 2019 PRySMA dinamizó una nueva jornada del Foro de Medio Ambiente de la Federación Vizcaína de Empresas del Metal (FVEM), donde compartió su experiencia en la realización de Análisis de Riesgos Ambientales.
Una docena de representantes de organizaciones del sector del metal se reunieron en el foro presentado por nuestro compañero Joseba Urraza, con el fin de intercambiar experiencias y opiniones sobre el Análisis de Riesgos Ambientales, no sólo desde el punto de vista de cumplimiento legal, sino como herramienta de mejora de la gestión ambiental.
PRySMA, en base a su experiencia en la realización de Análisis de Riesgos Ambientales, ofreció una serie de pautas y explicaciones para su desarrollo.
Durante esta jornada se hizo hincapié en que la realización de un Análisis de Riesgos Ambientales no sólo se debe de relacionar con el cumplimiento legal, sino también como herramienta de mejora de la gestión ambiental más operacional, ya que describe con detalle el riesgo ambiental asociado a la actividad/instalación, facilitando así la visualización de medidas preventivas para su implementación.
Tal y como lo establece la legislación de Responsabilidad Medioambiental, la realización de un Análisis de Riesgos Ambientales es obligatorio para aquellas actividades que formen parte del Anexo III de la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, previo a la constitución de la correspondiente Garantía Financiera. La Orden APM/1040/2017 y la reciente Orden TEC/1023/2019, establecen los plazos para su constitución según respectivos Niveles de Prioridad (1, 2 ó 3), siendo los siguientes: 31/10/2018 para actividades NP 1, 31/10/2019 para actividades NP2 y 16/10/2021 para actividades NP 3.
En el cierre del foro, las organizaciones presentes coincidieron en que para la realización de un Análisis de Riesgos Ambientales aplicando la metodología y los criterios para la determinación del riesgo establecidos por la legislación (RD 183/2015 que modifica el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, aprobado por el RD 2090/2008), se requiere de una dedicación importante y de un conocimiento específico del conjunto de los criterios a aplicar. La identificación de cada uno de los escenarios de accidentes, el cálculo del IDM (Indice de Daño Medioambiental) estimado para cada escenario, así como la asignación de su probabilidad de ocurrencia, deben de realizarse minuciosamente.
El foro de medio ambiente de la FVEM se considera un encuentro de participación e intercambio de información sobre diversos temas actuales de repercusión ambiental, cuya labor principal es ayudar a las organizaciones asistentes a mantener un correcto desempeño ambiental en pro de la mejora.